BLOQUE 7 - Derechos Fundamentales
7.1. Obligatoriedad de establecer como Derechos Fundamentales de todos los ciudadanos: el derecho a la vida, el derecho a la libertad, el derecho de propiedad y, el derecho de igualdad ante la ley.
Objetivo: Proteger y defender eficientemente los derechos individuales de todos los ciudadanos y la libertad de acción en mercados no intervenidos, como base del progreso socio económico y cultural de toda sociedad civilizada.
Es esencial la protección y defensa de cuatro derechos que deben ser contemplados como fundamentales por una constitución: derecho a la vida, derecho a la libertad, derecho de igualdad ante la ley y el derecho de propiedad.
Con los tres primeros derechos parece que la Constitución Española de 1978 fue bien encaminada en sus artículos 15, 16, 17, 24 y 25.
Sin embargo, con el derecho de propiedad privada que es la pieza institucional clave para el desarrollo socio económico, el consenso buscado para la redacción constitucional permitió que se deslizasen conceptos que permiten el intervencionismo del Estado.
Se debería citar expresamente la protección y defensa efectiva de la Propiedad Privada como parte de los derechos fundamentales , en vez de tan sólo "reconocer" la misma y supeditarla la “función social”, y expropiarla por “utilidad pública” o por “interés general”, según el artículo 33 de la Constitución Española de 1978.
7.2. Obligatoriedad de establecer como Derecho Fundamental de todos los ciudadanos: el derecho a la libertad de acción en mercados no intervenidos.
Objetivo: Proteger y defender eficientemente los derechos individuales de todos los ciudadanos y la libertad de acción en mercados no intervenidos, como base del progreso socio económico y cultural de toda sociedad civilizada.
Para alcanzar el máximo progreso socio económico y cultural, las Constitución de cualquier nación debe lograr protger y defender eectivamente la libertad de acción de los ciudadanos en mercados no intervenidos.
En España, para lograrlo se debe modificar la redacción del artículo 38 de la Constitución Española de 1978 de modo que se cite expresamente la protección y defensa efectiva de Libertad de Empresa y de Economía de Mercado Libre, en vez de supeditarlos a la “productividad” de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la “planificación”.
Por otro lado, en España dicho artículo 38 debería cambiarse de ubicación para pasar a formar parte de los derechos fundamentales de los ciudadanos y así quedar espacialmente protegido por la Constitución Española de 1978.
Evidentemente, se necesitan jueces independientes de la acción política para alcanzar la protección "real" de la propiedad privada, de la libertad de empresa y de la economía en mercados libres.
De ahí la importancia de abordar primero la reforma constitucional explicada en el BLOQUE 1, plograr la separación de poderes "real" mediante la elección de los miembros de los órganos de ditrección de los jueces como el Consejo General del Poder Judicial y de los miembros del Tribunal Constitucional.
De otro modo, la libertad de mercados no existe ya que los grupos organizados cercanos al poder político seguiran distorsionando a su favor el proceso legislativo y el proceso ejecutivo de toma de decisiones, logrando intervenir los mercados mediante leyes y normas restrictivas de la libre competencia, ayudas y subvenciones que sólo les favorecen a ellos.
NOTA IMPORTANTE:
Este BLOQUE 7 está puesto al final a propósito, debido a la enorme dificultad que entraña convencer a muchos políticos de la importancia, básica para la sociedad civilizada, de proteger y garantizar la propiedad privada y la libertad de mercados ya que cuando se respetan estas instituciones se permite las interacciones libres de millones de ciudadanos y, con ello, se impulsa al máximo el desarrollo socio económico y cultural de un país.
Cuando estas instituciones son atacadas por las decisiones políticas en un país, se debe a una falta de protección y a la carencia de garantía efectivas en su marco institucional. Para que la libertad sea la directriz básica en cualquier sociedad democrática el articulado constitucional debe quedar bien orientado hacia la misma y debe garantizar que los jueces y fiscales puedan adoptar decisiones de modo totalmente independiente de las acciones políticas del gobierno y del parlamento de la nación.
Con los ataques a las instituciones de la propiedad privada y a la libertad de mercados, es obvio que también se ataca el derecho de igualdad ante la ley de todos los ciudadanos por lo que el comercio no se desarrolla suficientemente por la incertidumbre suscitada entre la población. Es más, sin transacciones comerciales, la pobreza y el hambre no tardan en llegar. Esto se puede observar en muchos países hoy en día y, también observando el desarrollo de la pobreza ea lo largo de la historia en países de todo el mundo.
Si el intervencionismo se produce de forma parcial, el progreso socio económico y cultural disminuye respecto de lo que se alcanzaría con la libertad de acción de todos sus ciudadanos y, principalmente, se benefician aquellos grupos organizados cercanos al poder político.
En los casos más extremos, si el intervencionismo es total, desaparecen la propiedad privada y el mercado "medianamente" libre, y a pesar de los pesares ocasionados a la población en forma de hambre y pobreza, para mantener el poder político los dirigentes intervencionistas no dudan en atacar también al derecho a la libertad y el derecho a la vida de los ciudadanos, descendiendo la nación por una vertiginosa espiral de coacción, violencia y muerte.
Por ello, también para evitar posibles derivas de involución socio cultural que destruyan la sociedad civilizada es muy importante que la propiedad privada y la libertad de mercado sean protegidas y garantizadas eficientemente por la Contitución de cada país, para evitar que políticos irresponsables, faltos de moral, utópicos y/o lunáticos destruyan la riqueza socio económica y cultural de los ciudadanos de una nación.

